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Lo que Iberdrola NO cuenta de su nueva factura.

La compañía suministradora de electricidad dio una charla “informativa” el pasado domingo sobre su nueva factura de la luz. Durante el día de hoy lunes y mañana ha instalado un punto comercial en el Centro Social Integrado para captar clientes. Hoy la prensa publica:

El Ayuntamiento de Aigües, ante la situación económica de algunas familia del municipio, ha organizado unas charlas informativas hoy y mañana de 10 a 17 horas en el Centro Social Integrado, que estarán asistidas por personal de Iberdrola, con el fin de informar a los vecinos de las ofertas, beneficios y posibles reajustes de su facturación en pro del contratante. Los interesados podrán obtener información sobre sus recibos, así como gestionar y actualizar sus contratos acogiéndose a las tarifas que más les beneficien dependiendo de su situación económica, laboral, social, etcétera. Para agilizar el proceso de reajuste de contratos in situ, los asistentes podrán acudir previstos de una fotocopia del DNI del contratante y la última factura de Iberdrola. l. g. l.  [Diario Información, 19 diciembre de 2011]

Y según se avisa en la web del Ayuntamiento y en carteles por el pueblo: 

Charla informativa La nueva factura de Iberdrola.

 Facturación mensual a dos meses

10% de descuento sobre T.P. Congelación de precios de 1 a 2 años. Urgencias eléctricas gratis durante dos meses. Los vecinos que deseen realizar la nueva contratación in situ deben aportar la siguiente documentación:

-última factura de Iberdrola.

-Fotocopia DNI del titular del contrato.

He buscado información al respecto que me gustaría compartir con el resto de mis vecinos, por ejemplo este consejo para las familias, que he encontrado aquí:

A partir de enero de 2012 habrá una liberalización total del mercado eléctrico, algo parecido a lo que ocurre con los servicios de telefonía móvil cada cual podrá escoger la compañía que desee entre un total de más de treinta empresas.Si está decidido a salir al mercado libre, busque y compare entre varios planes de precio que oferten distintas comercializadoras. No se deje llevar por los «descuentazos» que le ofrezcan durante el primer año, pregunte por las condiciones para años siguientes y haga cálculos.”

Guiado por tal consejo me he acercado a la Casa de la Cultura de Aigües a que la comercial de Iberdrola me informase de sus “descuentazos” (10% los dos primeros años). Así me ha dicho y me ha facilitado un formulario-contrato, en el que en una cara se rellenan los datos del consumidor y por la otra cara supuestamente figuran las condiciones del mismo. Hemos de recordar que, diga lo que diga la comercial, cuente lo que cuente, lo que realmente tiene validez a la hora de firmar un contrato es lo que está establecido en las condiciones escritas, en la letra impresa que se firma. Así que leo lo que te hacen firmar:

“Condiciones de la aplicación de las promociones” De acuerdo con lo establecido en el apartado 3.2 de las condiciones generales la aplicación de las condiciones de la ofertas estará condicionada al al cumplimiento del periodo de de duración de los servicios contratados perdiendo el cliente el derecho a los descuentos y promociones aplicados cuyo importe será facturado al cliente en caso de terminación del contrato antes de la finalización del periodo de duración en vigor”

Pero las citadas condiciones generales no figuran en el papel que nos presentan para firmar, sino en uno aparte que no enseñan y te hacen aceptarlas pero no te dicen en qué consisten. Le he solicitado a la comercial información sobre las condiciones generales, no me las ha proporcionado, sino que ha cambiado de tema de conversación para, rápidamente -como una ametralladora- hablarme de otros aspectos de la oferta. Le he preguntado si hay condiciones de permanencia y abiertamente me lo ha negado. Ya en casa, investigo un poco en internet y doy con el apartado 2.3 de las condiciones generales (parte del contrato que no te enseñan):

LO QUE NO DICE IBERDROLA : 3.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO

3.1.- El presente Contrato se terminará, además de por conclusión del periodo de duración, por mutuo acuerdo entre las partes, por incumplimiento, especialmente por impago de cualquier cantidad debida conforme a este Contrato, y por desistimiento comunicado por el Cliente a IBERDROLA por cualquier medio que permita guardar constancia de la identidad y voluntad del interesado, con una anticipación mínima de cinco (5) días hábiles a la fecha en la que se desee la baja del suministro, y sin perjuicio de las obligaciones de indemnización previstas en los puntos siguientes.

3.2.- En caso de terminación del Contrato por desistimiento del Cliente antes de la finalización del periodo de duración en vigor, el Cliente perderá el derecho a todos los descuentos, bonificaciones o beneficios aplicados por IBERDROLA durante dicho periodo, cuyo importe será facturado al Cliente.

3.3.- Adicionalmente, la terminación del Contrato por causa imputable al Cliente (…) antes de iniciada la primera prórroga del Contrato, originará a favor de IBERDROLA el derecho a ser indemnizada en una cantidad equivalente al 5% del precio del Contrato por la energía estimada pendiente de suministro.

3.4.- En el supuesto de resolución del Contrato por impago, el Cliente estará obligado a abonar a IBERDROLA las cantidades debidas junto con los intereses de demora pactados, y además al pago de una indemnización calculada conforme a lo señalado en los apartados 3.2 y 3.3, en su caso, en concepto de daños y perjuicios causados.

Es decir que una vez hayas firmado, si decides cambiar de compañía debes abonar a Iberdrola el supuesto descuento del 10% que hayas tenido hasta el momento más el 5% de la electricidad que hubieses consumido con ellos hasta la finalización del contrato, por supuesto, sin descuento. Esto es una cláusula de permanencia encubierta. La comercial no sólo me ha ocultado información, sino que ha querido engañarme, desinformarme. Otra de las ofertas que merecen atención es la que denominan “Asistencia hogar Iberdrola”, para reparaciones en el hogar: fontanería, cristalería, cerrajería y electricidad. Lo promocionan de forma equívoca y NO ES GRATUITO, lo único que no te cobran es la llamada al servicio, pero sí el servicio. Conviene conocer todas las ofertas de las nuevas compañías para saber por cuál decantarse. Hay en internet varios comparadores de facturación en los que introduciendo los datos de tu consumo y tipo de contrato te realiza automáticamente un análisis de las diversas posibilidades. Dejo unos enlaces por si alguien quiere comprobar. Se avisa que tampoco hay que fiarse de los comparadores en internet pues muchos de ellos son puestos por las propias compañías para inducir a error. Tal vez lo más aconsejable sea preguntar una a una a las distintas compañías hasta que dar con la oferta adecuada, tal vez estaría bien un servicio de asesoramiento realmente independiente por parte del Ayuntamiento, que verdaderamente permita ahorrar dinero a las familias y al conjunto de la comunidad, no lo que está ocurriendo ahora, que están prevaleciendo los beneficios de una determinada empresa sobre los intereses de los vecinos, presentándoles como una acción informativa lo que en realidad es una acción propagandística y desinformativa, minándose así la renta disponible de las familias y la del pueblo entero. Una vez más se pone de manifiesto la estrecha relación entre información y eficiencia económica.

 

Por último añadir que para aquellas personas que ya han firmado el contrato, pueden revocarlo ejerciendo el derecho de desistimento:

El cliente podrá revocar el presente documento y su declaración de voluntad sin necesidad de alegar causa justa dentro del plazo máximo de siete (7) días hábiles desde la fecha de celebración del contrato (…) remitiendo a Iberdrola el Documento de desestimiento adjunto (…)

Sin embargo, el documento de desistimiento, a pesar de que que es obligatorio facilitarlo por ley, no lo adjuntan.

Links relacionados: 

[Comparador de precios compañias eléctricas]

[Comparador de tarifas de la Organización de Consumidores y Usuarios OCU] 

[Un ejemplo de comparador de tarifas manipulado por una compañía]

La parte del contrato que SI enseñan:

[Condiciones particulares]

La parte del contrato que NO enseñan:

[Condiciones generales ]

[¿Qué es el Documento de Desistimiento?] 

[Lo que dice el Ayuntamiento de Aigües]

[La noticia en Diario Información]

Categorías: Actualidad local, Avisos
  1. vi9cente sol pastor
    20 diciembre, 2011 a las 6:48

    FENOMENAL INFORMACIÓN, GRACIAS POR LA MISMA. ESTÁN GRANDES CIAS. SON ABUSAN TES CON LOS CONSUMIDORES, SINO FIJAROS EN MOVIESTAR, ES TERRIBLE QUE UN COMERCIAL TELEFÓNICAMENTE TE HAGA UNA PROPOSICIÓN PARA DESPUÉS TENER UNA PERMANENCIA MUY LARGA, Y NO PUEDAS MOVERTE O TE PENALIZAN.

    VUELVO REPETIR GRACIAS POR LA INFORMACIÓN

    • 21 diciembre, 2011 a las 17:44

      Muchas gracias a Usted por su comentario, y muchas más por dedicar su tiempo a leernos. Procuraremos seguir informando.

  2. José Ramon Giner
    20 diciembre, 2011 a las 11:31

    Excelente información. Muchas gracias.

    • 21 diciembre, 2011 a las 17:49

      Igualmente muchas gracias a Usted, aprovecho para animar a los lectores a que envíen preguntas, sugerencias o informaciones que consideren de interés para los vecinos de Aigües, a fin de darles la mayor difusión posible.
      Entre todos podemos generar una cultura de la información local que en la actualidad, lamentablemente, es muy deficitaria.
      Gracias.

  3. 21 diciembre, 2011 a las 18:14

    Muy buena información, buen trabajo, magnífica iniciativa para informar a los vecinos, adelante, saludos

  4. rederic
    12 marzo, 2012 a las 17:50

    Hola vos deixe un enllaç d’una cooperativa electrica sense ànim de lucre, que podeu contractar la llum: http://www.somenergia.coop/

  5. Marimar
    8 octubre, 2012 a las 17:32

    Muchas gracias por la información. Hoy llamaron a mi puerta y me surgió la duda. Gracias a personas como usted,que pierden de su tiempo en beneficio de los demás. A mí me ha ayudado bastante . nuevamente gracias

  6. 23 octubre, 2012 a las 18:14

    Gracias a tí por tu comentario, aunque esto que hago no es perder el tiempo sino emplearlo. Un saludo,.

  7. legna
    8 noviembre, 2012 a las 8:32

    A mi me engatusaron y caí como un primo, luego llamé para intentar anularlo y tanto el comercial como la propia iberdrola me dijeron que al no ser pariente de consanguinidad del titular del contrato lo que yo firmé no se hacía efectivo. Mi pregunta es: ¿me lo creo o mando la hoja adjunta antes de siete días? saludos y gracias.

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